Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150729-174

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

174
Procedimiento ordinario 344 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Luis Espinosa Navarro, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 344 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nadia Estela Urgel Egea, frente a doña María Milagros Sánchez Rodríguez, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 199 de 2015

En Madrid, a 16 de junio de 2015.—Don Luis Martín de Nicolás Muñoz, magistrado-juez titular del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, vistas las actuaciones y el juicio del presente, seguidos a instancias doña Nadia Estela Urgel Egea, asistida de la letrada doña María Isabel Fernández Fernández-Villarjubín, contra doña María Milagros Sánchez Rodríguez, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, en nombre del Rey y en el ejercicio de la potestad jurisdiccional regulada en la Constitución ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimo la demanda interpuesta por doña Nadia Esteña Urgel Egea, contra doña María Milagros Sánchez Rodríguez y Fondo de Garantía Salarial, y condeno a la parte demandada a que abone a la demandante la cantidad de 1.182,61 euros, así como el 10 por 100 anual de interés por mora. Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la plena vinculación de esta sentencia en el procedimiento administrativo al efecto, respecto a la responsabilidad subsidiaria que pudiera corresponderle de la deuda aquí reconocida.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de que es firme y no cabe recurso contra ella.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Milagros Sánchez Rodríguez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.343/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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