Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
09-11-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151109-34

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

34
Madrid número 40. Procedimiento 800 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 800 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo López López, frente a don Alberto Martos Carabias y Fondo de Garantía Salarial, sobre impugnación de actos administrativos en materia laboral y Seguridad Social, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: Ha lugar a aclarar el hecho probado tercero y el fallo de la sentencia dictada con fecha 22 de junio de 2015 en este procedimiento, en el sentido de sustituir la cantidad de 10.903,28 euros objeto de condena por la correcta que asciende a 15.824,94 euros.

Contra esta resolución no cabe recurso, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a que se refiere la aclaración comenzando a computarse el plazo para el mismo desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Alberto Martos Carabias, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.222/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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