Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2016

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-75

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdemorillo. Régimen económico. Padrones tributos 2016

Don Nicolás Bayarri Toscano, concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Valdemorillo (Madrid).

Hace saber:

Primero.—Que por resolución de la Concejalía de Hacienda, de 29 de enero de 2016, han sido aprobados inicialmente los padrones correspondientes al ejercicio 2016 de los impuestos y tasas que a continuación se relacionan:

1.o Tasa sobre recogida de basuras o residuos sólidos urbanos.

2.o Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM).

3.o Tasa por otorgamiento de licencias y autorizaciones administrativas de autotaxis y demás vehículos de alquiler.

4.o Tasa por instalación de cajeros automáticos en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía pública.

5.o Tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local, mercadillo anual.

Segundo.—Que dichos padrones se encontrarán en la Oficina Municipal de Recaudación por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlo pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón, ante el concejal-delegado de Hacienda como paso previo a la interposición de recurso contencioso administrativo.

Tercero.—Que durante los días hábiles comprendidos entre el 1 de marzo al 16 de mayo de 2016, estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos del presente ejercicio correspondientes a los puntos 1 a 4, anteriormente citados, exceptuando el tributo mencionado en el punto 5, tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local, mercadillo anual, se establecen dos períodos de pago voluntario, los comprendidos entre los días 1 de marzo a 5 de mayo de 2016 (primer plazo correspondiente al 50 por 100 de la cuota) y entre los días 1 de agosto a 5 de octubre de 2016 (segundo plazo correspondiente al 50 por 100 restante de la cuota).

Los contribuyentes afectados por los mismos podrán realizar el pago de los recibos en cualquiera de la siguientes entidades de depósito: “Bankia”, “Banco Santander”, BBVA y “Banco Popular”, pudiendo solicitar duplicado del recibo en la Oficina Municipal de Recaudación, sita en plaza de la Iglesia, número 3.

Los recibos con domiciliación bancaria se cargarán en cuenta los días 7 de marzo y 1 de agosto de 2016, respectivamente.

Cuarto.—Asimismo, se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a través de entidades bancarias o cajas de ahorro confederadas y cooperativas de crédito calificadas.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber satisfecho la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y los intereses de demora de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva a todos los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Valdemorillo, a 29 de enero de 2016.—El concejal de Hacienda (firmado).

(02/5.750/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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