Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

157
Madrid número 16. Procedimiento 368 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 368 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Dolcet López, frente a “Laboratorio Intemac”, “Limpiezas y Mantenimiento Adiva, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, y “Sozzan Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimo la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por “Laboratorio Intemac”.

Que estimando parcialmente la presente demanda promovida sobre resolución contractual a instancias de doña María del Carmen Dolcet López, declaro resuelto el contrato de trabajo que le vinculaba con la empresa “Sozzan Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, señalando a favor de la parte demandante la indemnización de 5.616,50 euros, calculada a razón de cuarenta y cinco días desde la fecha de antigüedad hasta el día 12 de febrero de 2012 y a razón de treinta y tres días desde el día 13 de febrero de 2012 hasta fecha del despido (12 de julio de 2014), con los límites establecidos legalmente y condenando a la demandada a su abono. Así como a que abone a la trabajadora la cantidad de 1.059,48 euros, incrementadas con un 10 por 100 de interés por mora las cantidades de naturaleza salarial.

Absolviendo a la codemandada “Limpieza y Mantenimiento Adiva, Sociedad Limitada”.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sozzan Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 20 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.466/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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