Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
20-05-2016

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160520-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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EXTRACTO de la Orden 1541/2016, de 13 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales.

BDNS 305827

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web www.madrid.org

Primero

Beneficiarios

Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con, al menos, un año de antigüedad a la fecha de la publicación de la convocatoria, que participen en competiciones deportivas de modalidades oficialmente reconocidas que se desarrollen por alguna federación deportiva madrileña o española.

Segundo

Objeto

Las ayudas se destinarán a sufragar los gastos destinados a la participación en diferentes competiciones deportivas oficiales de modalidades oficialmente reconocidas por alguna federación deportiva madrileña o española. Todos los gastos estarán referidos al período comprendido entre el 1 de septiembre de 2014 y el 31 de agosto de 2015.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 2762/2014, de 28 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de septiembre de 2014, modificada por la Orden 827/2016, de 17 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2016 (corrección de errores de 15 de abril de 2016).

Cuarto

Cuantía

El importe total destinado a esta convocatoria es de 603.247 euros.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Gastos subvencionables y criterios de valoración

Son gastos subvencionables los siguientes:

— Gastos federativos.

— Gastos por arbitrajes.

— Gatos por el material deportivo no inventariable.

— Gastos por las equipaciones deportivas.

La Dirección General de Juventud y Deporte podrá tener en cuenta, con carácter excepcional, otro tipo de gastos siempre y cuando se correspondan también, al igual que los anteriores, con actividades directamente relacionadas con el objeto de la convocatoria.

El IVA no será gasto subvencionable.

Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes criterios: el carácter olímpico de la modalidad practicada por la asociación deportiva, el número de secciones deportivas, el número de licencias con especial incidencia en el porcentaje de licencias femeninas/masculinas y por deportistas discapacitados, los años de antigüedad de la asociación, el número de técnicos con titulación oficial y el nivel de su formación oficial y el tener contratado la asociación un seguro de responsabilidad civil.

Madrid, a 13 de mayo de 2016.

El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/18.370/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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