Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160615-80

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Colmenar de Oreja. Organización y funcionamiento. Decreto ficheros

Decreto 450/2016, de Alcaldía.—El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:

Primero.—Los ficheros del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja serán los contenidos en los anexos de este decreto de Alcaldía.

Segundo.—Se crean los ficheros incluidos en el anexo I de este decreto de Alcaldía, en cumplimiento de los artículos 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Tercero.—Los ficheros que se recogen en los anexos de este decreto de Alcaldía se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Cuarto.—En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este decreto de Alcaldía en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto.—El presente decreto de Alcaldía entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Así lo ordena y firma el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, a 27 de mayo de 2016.—El secretario, José Damián Sanz Llavallol.—El alcalde, Víctor Manuel Díaz García.

ANEXO I

FICHEROS DE NUEVA CREACIÓN

Fichero: Cámaras de Seguridad Ayuntamiento.

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Cámaras de Seguridad Ayuntamiento.

a.2) Finalidad y usos previstos: vídeovigilancia Ayuntamiento y alrededores [seguridad pública y defensa (seguridad vial), finalidades varias (vídeovigilancia)].

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: ciudadanos (ciudadanos y residentes).

b.2) Procedencia:

—   Cámaras de seguridad (Registros públicos).

—   Procedimiento de recogida: cámaras de seguridad.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: marcas físicas, imágenes.

— Otras categorías de carácter personal: datos de características personales (imágenes).

c.2) Sistema de tratamiento: fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: no se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Ayuntamiento de Colmenar de Oreja.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, plaza Mayor, número 1, 28380 Colmenar de Oreja (Madrid).

h) Nivel de medidas de seguridad: nivel medio.

(03/20.750/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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