Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
20-06-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160620-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 4

105
Alcobendas número 4. Procedimiento ordinario 1.343 de 2012

EDICTO

Doña María José Lucas Rebenaque, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4.

Doy fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.343 de 2012, instados por procurador don Andrés Figueroa Espinosa de los M., en nombre y representación de “Mercedes-Benz Financial Services España EFC, Sociedad Anónima”, contra don José Pey Casanova, en reclamación de 28.322,33 euros, en los que se ha dictado, en fecha 1 de febrero de 2016, sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

Estimo la demanda presentada por “Mercedes Benz Financial EFC, Sociedad Anónima”, representado por el procurador señor Espinosa, contra don José Pey Casanova, en rebeldía.

Se condena a los demandados a pagar la cantidad de 28.322,33 euros, más los intereses que se devenguen desde la interposición de la demanda.

Condeno a la demandada al pago de las costas.

Contra la presente resolución podrá prepararse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte, días a contar desde la notificación a la parte, ante para la Audiencia Provincial.

Las partes que pretendan recurrir en apelación deberán acreditar, al momento de la presentación del recurso de apelación, la constitución de depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la cuenta de este Juzgado, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite del citado recurso, tal y como determina la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial reformada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así lo acuerdo, mando y firmo.—El juez del Juzgado de primera instancia número 4 de esta localidad, Pedro José Puerta Lanzón.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don José Pey Casanova, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcobendas, a 8 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/20.941/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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