Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
13-07-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160713-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

169
Madrid número 27. Ejecución 92 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 92 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Alonso del Pozo, frente a doña María Blanca Sanz Muñoz, “Educansán, Sociedad Limitada”, y “Jacali, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Juan Alonso del Pozo, frente a la demandada “Jacali, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 106.246,07 euros, más 5.843,53 euros y 10.624,61 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y encontrándose decretada la insolvencia de la empresa ejecutada en las ejecuciones seguidas en los Juzgados de lo social de Madrid: en el número 9 en la ejecución forzosa número 66 de 2015, en el número 41 en la ejecución forzosa número 42 de 2015, en el número 7 en las ejecuciones forzosas números 137 y 204 de 2015, en el número 22 en la ejecución forzosa número 7 de 2015, en el número 23 en la ejecución forzosa número 71 de 2015 y en el número 31 en la ejecución forzosa número 203 de 2015, y conforme lo previsto en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, procédase a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de cinco días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando, en tal caso, bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Habiéndose realizado por los medios telemáticos de este Juzgado averiguación patrimonial de la ejecutada sin que de la misma hayan resultado bienes susceptibles de embargo, se acuerda dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por plazo de cinco días, al amparo de lo dispuesto en el artículo 276.3 de la Ley de la Jurisdicción Social, a fin de que insten la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designen los bienes de la deudora de los que tengan constancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Jacali, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/23.566/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160713-169