Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160711-162

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

162
Madrid número 22. Ejecución 79 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Olalla del Olmo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 79 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alba Zoraida Torres Esparza, frente a don Rafael Leva Ferro, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Visto el estado de las presentes actuaciones, y dado el resultado infructuoso de la averiguación patrimonial acuerdo, con anterioridad a acordar lo procedente sobre la declaración de insolvencia del ejecutado, poner a disposición de doña Alba Zoraida Torres Esparza la cantidad de 3,34 euros en concepto de parte de principal.

Dicho pago podrá efectuarse, una vez firme la presente resolución, mediante la expedición del oportuno mandamiento de devolución, que podrá ser retirado los martes, de diez a trece horas, en la Secretaría de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, planta séptima, de Madrid, para lo que previamente podrá informarse llamando al teléfono 914 438 119, y mediante transferencia bancaria al número de cuenta corriente designada al efecto (entidad y veinte dígitos). Dicha solicitud habrá de formularse en el plazo de tres días mediante escrito presentado en el Registro General del Decanato.

Transcurrido dicho plazo, caso de no facilitarse los datos bancarios requeridos, se procederá a expedir el correspondiente mandamiento de pago, el cual deberá ser retirado en la Secretaría de este Juzgado en el plazo máximo de tres meses para su presentación al cobro en el “Banco Santander”, bajo apercibimiento que de no comparecer en el citado plazo, se procederá a su transferencia a los “Fondos provisionalmente abandonados”.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Rafael Leva Ferro, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/22.991/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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