Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
29-07-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160729-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

86
Madrid número 22. Procedimiento 1.070 de 2014

EDICTO

Don Carlos Beltra Cabello, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 1.070 de 2014, instados por el procurador don Amancio Amaro Vicente, en nombre y representación de doña Verónica Tatiana Duarte Molina, contra don Wilson Godofredo Noriega Cárdenas, en los que se ha dictado en fecha 30 de junio de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando como estimo en parte la demanda de relaciones paternofiliales promovida por el procurador de los tribunales don Amancio Amaro Vicente, en nombre y representación de doña Verónica Tatiana Duarte Molina, contra don Wilson Godofredo Noriega Cárdenas, debo acordar en relación con el hijo común de ambos litigantes, menor de edad, las medidas definitivas siguientes:

1. Se atribuye la guarda y custodia del hijo menor, Eric Bryan a la madre, siendo la patria potestad ostentada por ambos progenitores.

No obstante lo anterior, el ejercicio exclusivo de la patria potestad se atribuye a la madre.

2. Don Wilson Godofredo Noriega Cárdenas abonará a doña Verónica Tatiana Duarte Molina en concepto de alimentos para el hijo común la suma de 120 euros mensuales. Cantidad que será ingresada dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que al efecto se designe y que será actualizada anualmente con efecto del 1 de enero de cada año, de acuerdo con el IPC que publique el INE u organismo que lo sustituya.

No procede adoptar ninguna otra medida.

No procede hacer especial pronunciamiento sobre costas.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Wilson Godofredo Noriega Cárdenas y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 4 de julio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/25.914/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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