Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160727-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

89
Madrid número 3. Procedimiento 37 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paula Mateo Erroz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 37 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Valentin Catallin Raducanu, frente a doña Ionica Ticu, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 17 de marzo de 2016, cuya resolución es la siguiente:

Fallo

Estimo íntegramente la demanda presentada por don Valentín Catallin Raducanu, asistido de la letrada doña María Luisa Barral Berzal, contra doña Ionica Ticu, y en consecuencia, condeno a esta abonar a aquel la cantidad de 2.220,62 euros con el recargo del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores respecto de los conceptos salariales.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Ionica Ticu, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/25.164/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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