Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
11-08-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160811-191

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

191
Madrid número 13. Ejecución 22 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 22 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Fundación Laboral de la Construcción, frente a “Promociones Buechner, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 13 de julio de 2016.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en el día de la fecha consta ingreso en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado por cuantía de 350,55 euros a los efectos del presente pleito.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 13 de julio de 2016.

Parte dispositiva:

Se alza el embargo acordado en la presente ejecución de las devoluciones tributarias que la Agencia Estatal de Administración Tributaria tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada y los saldos de “Promociones Buechner, Sociedad Limitada”, en las entidades a favor de la ejecutada, cancelándose las medidas de garantía adoptadas.

Póngase a disposición de la Fundación Laboral de la Construcción la cantidad de 24,55 euros en concepto de intereses y para don José Manuel Gigante Izquierdo la cantidad de 326 euros en concepto de costas, mediante la expedición de los correspondientes mandamientos que podrá retirar en la Secretaría de este Juzgado.

Proveído lo anterior archívese el procedimiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Promociones Buechner, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/27.989/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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