Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
17-03-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170317-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Villanueva del Pardillo. Régimen económico. Padrones impuestos

Aprobado por la Junta de Gobierno Local, con fecha 16 de febrero de 2017, el padrón del tributo local impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, referido al ejercicio de 2017, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.

Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de los recibos se realizará conforme a los siguientes:

Plazos de ingreso: del 15 de marzo al 31 de mayo de 2017.

Modalidad de cobro: los recibos podrán abonarse en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos. Las entidades son las siguientes: “La Caixa”, “Banco Santander Central Hispano”, “Bankia”, “IberCaja” "y “BBVA”.

Para aquellos contribuyentes que hayan optado por la forma de pago mediante domiciliación bancaria, beneficiándose de un 3 por 100 del importe del recibo, se les advierte de que su cargo en cuenta se efectuará el primer día del período voluntario antes citado.

Lugares, días y horas de ingreso: los pagos a través de las entidades financieras colaboradoras se realizarán en las oficinas bancarias de dichas entidades, en los días y horarios de apertura al público que a efectos de cobro (servicio de caja) cada entidad tenga establecidos.

Advertencia: transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin hacerse efectivo el pago, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

En Villanueva del Pardillo, a 16 de febrero de 2017.—El alcalde-presidente, Luis Alberto Sosa Gayé.

(02/6.591/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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