Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-11-2009

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091104-0174

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 48
DE MADRID

EDICTO

Doña Nieves Moreno Carrero, secretaria del Juzgado de instrucción número 48 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.241 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos los presentes autos de juicio verbal de faltas número 1.241 de 2008, seguidos por una falta de hurto (623), por denuncia del representante legal de “El Corte Inglés”, contra doña María del Mar Díez Rodríguez y doña María Raquel Sánchez Arroyo, habiendo sido parte en la misma el ministerio fiscal, celebrándose con la asistencia del letrado don Ignacio Gómez Martín, en representación de las denunciadas, y de doña María Teresa de Rosa del Campo, en representación de “El Corte Inglés”.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña María del Mar Díez Rodríguez y doña María Raquel Sánchez Arroyo, como autoras responsables de una falta de hurto en grado de tentativa del artículo 623.1 del Código Penal, procediendo a imponer a cada una la pena de cuatro días de localización permanente en su domicilio, y pago de costas si las hubiere.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella podrá interponerse en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación recurso de apelación, ante este Juzgado, para la Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña María Raquel Sánchez Arroyo, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 18 de septiembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/34.766/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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