Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
23-10-2017

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171023-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 7

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Arganda del Rey número 7. Procedimiento 522 de 2015, notificación a Alejandro Retana Blaz Gerez

EDICTO

D./Dña. BEATRIZ ALCOLEA MADINAGOITIA, Letrado/a de la Admón. De Justicia del Juzgado de la Instancia nº 7, da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio Verbal (250.2) nº 522/2015 instados por Procurador D./Dña. CARLOS SAEZ SILVESTRE en nombre y representación de SEVILEX S.A. contra D./Dña. ALEJANDRO RETANA BLAZ GEREZ en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 30/03/2017 Sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por el Procurador SR. CARLOS SAEZ SILVESTRE, en nombre y representación de SEVILLEX S.A., contra D. ALEJANDRO RETAMA BLAZ-GEREZ, y su mérito condeno al demandado a abonar a la entidad demandante la cantidad de cinco mil ochocientos ochenta euros con cincuenta céntimos (5.880,50) más los intereses legales desde el día 18 de marzo de dos mil catorce hasta la fecha de la Sentencia, devengándose desde entonces el interés procesal. El demandado deberá abonar así mismo las costas del presente procedimiento.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. ALEJANDRO RETANA BLAZ GEREZ y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOCAM.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Arganda del Rey, a 12 de septiembre de 2017

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/32.232/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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