Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171115-185

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

185
Madrid número 29. Procedimiento 1.161 de 2016, notificación a Servicios Comerciales de Gasóleos Secogás, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1161/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JULIO ENRIQUE LUMBRERAS SANTAMARIA frente a D./Dña. ANTONIO TOQUERO GUTIERREZ, DON HEGARDO S.L, PASAHOLDING, S.L., EUROAUTO MOTOR SA, EUROPARK MADRID SA, LEVANTINA DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN, S.L., PARQUE LOGISTICO CENTRO, S.L., FOGASA, EUROPARK EXPRESS VALENCIA SA, PLATINUM GLOBAL RISK CORREDURIA DE SEGUROS, S.L., SELIN, ASESORAMIENTO Y GESTIÓN, S.A., EUROPARK BARCELONA, S.A., SAGITARIO GESTIÓN, S.A., EXPRESS REPAIRS, S.A., EUROAUTO MOTOR SERVICE SL y SERVICIOS COMERCIALES DE GASOLEOS SECOGAS, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado Decreto con fecha 20/10/17 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha de hoy, en los términos siguientes:

Con carácter previo, y en la intención del presente acuerdo, el trabajador DESISTE de su demanda contra EUROPARK EXPRESS VALENCIA SA, D.. ANTONIO TOQUERO GUTIERREZ, PLATINUM GLOBAL RISK CORREDURIA DE SEGUROS, S.L Y SERVICIOS COMERCIALES DE GASOLEOS SECOGAS, S.L.

Asimismo habiendo presentado escrito en fecha 3/10/2017 ampliando demanda contra MIGUEL ANGEL TEJADA, SERGIO GARCIA-MORALES VERDUGO, LUIS MARAÑON, ANTONIA JURADO LOPEZ y CARLOS SANZ PINEDA, manifiesta en este acto desistir de dicha ampliación.

Iniciado el acto, se advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, exhortándoles para que lleguen a un acuerdo amistoso que se obtiene en los siguientes términos:

La empresa Euroauto Motor S.A. se ratifica en la carta de despido objetivo y a efectos transaccionales ofrece la cantidad de 18.861,23 euros netos adicionales a la indemnización ya percibida con motivo del despido (24.953 euros netos) y que se corresponde así con los parámetros pactados en el expediente de despido colectivo efectuado por el Grupo Europark, y sin que la suma de las dos cantidades, 43.814,23 euros netos, supere el establecido por la Ley para la indemnización prevista para el despido improcedente. Dicho importe se abonará mediante trasferencia a la cuenta del trabajador donde venía percibiendo su salario en el plazo de siete días hábiles. Igualmente, la empresa reconoce adeudar al trabajador la cantidad de 3.077,87 euros brutos, equivalente a 2.882,43 euros netos, en concepto de vacaciones retribuidas y no disfrutadas previamente reconocidas en la liquidación, cuyo neto se abonará mediante trasferencia a la cuenta del trabajador donde venía percibiendo su salario en el plazo de siete días hábiles adecuando su cotización al valor actual dado a las mismas y que debe ascender a la que corresponda sobre unos haberes de 4.583,95 euros brutos, todo ello como legalmente proceda.

El resto de empresas codemandadas respecto de las que se mantiene la presente demanda y que conforman el Grupo Europark asumen su responsabilidad solidaria en el presente acuerdo.

El trabajador acepta y con el percibo efectivo de estas cantidades y la cotización efectiva de las vacaciones da por saldada y finiquitada la relación laboral no teniendo nada más que reclamar por ningún concepto.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2802-0000-61-1161-16.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SERVICIOS COMERCIALES DE GASOLEOS SECOGAS, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de octubre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.783/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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