Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2018

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180103-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 5

137
Madrid número 5. Procedimiento 729 de 2010, notificación a Caridad Martínez Algara

EDICTO

Doña María Carmen Fresneda García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado mercantil número 5 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos del procedimiento ordinario número 729 de 2010, entre “Villa Leontina III, Sociedad Limitada” y don Alberto Muñiz Sánchez, doña Caridad Martínez Algara y don Fernando Muñiz Sánchez, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 15 de septiembre de 2014, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 59 de 2014

En Madrid, a 15 de septiembre de 2014.—Vistos por doña Marta García Fernández, magistrado-juez del Juzgado de lo mercantil número 5 bis de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 729 de 2010, promovidos por el procurador de los Tribunales don Juan Torrecilla Jiménez, en nombre y representación de “Villa Leontina III, Sociedad Limitada”, asistida por la letrada doña María de los Ángeles Prado, contra don Fernando Muñiz Sánchez y doña Caridad Algara Martínez, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales don Juan Torrecilla Jiménez, en nombre y representación de “Villa Leontina III, Sociedad Limitada”, contra don Fernando Muñiz Sánchez y doña Caridad Algara Martínez y condenar a los codemandados a abonar conjunta y solidariamente al actor la cantidad de 24.003,82 euros, más los intereses legales, así como, al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte a días a contar desde el siguiente a su notificación y del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando.

Diligencia de publicación.—En el día de la fecha, el juez que suscribe la presente resolución, ha procedido a publicarla mediante íntegra lectura, constituido en audiencia pública, de lo que yo, la Secretario Judicial, doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados doña Caridad Martínez Algara y don Fernando Muñiz Sánchez, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

Expido y firmo la presente en Madrid, 31 de julio de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/37.587/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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