Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180209-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

135
Madrid número 8. Procedimiento 293 de 2017, notificación a Massive Event, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 293/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MANUEL EDUARDO CANO GAHONA frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL, CONVENTION PLANNER SL y MASSIVE EVENT SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

En relación al despido:

Se estima la demanda formulada por D. MANUEL EDUARDO CANO GAHONA con NIE X2302817B frente a CONVENTION PLANNER SL, MASSIVE EVENT SL y FOGASA, declarando IMPROCEDENTE el despido que tuvo efectos de 23 de enero de 2017 y extinguida la relación laboral con fecha de esta resolución, condenando solidariamente a las demandadas a satisfacer al actor el importe de 1.413,56 euros (mil cuatrocientos trece con cincuenta y seis) en concepto de Indemnización por la extinción de la relación laboral y salarios de tramitación en cuantía de 3.861 euros brutos (tres mil ochocientos sesenta y uno) por ciento ocho días de salarios.

Respecto a la reclamación de cantidad

Se estima, parcialmente, la demanda y se condena solidariamente a las demandadas a abonar al actor el importe de 1.590,55 euros (mil quinientos noventa con cincuenta y cinco) por los conceptos señalados en el hecho tercero.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MASSIVE EVENT SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a uno de febrero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.767/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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