Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
06-06-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180606-149

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

149
Madrid número 22. Procedimiento 1.132 de 2017, notificación a BS Asociados Formación y Recursos, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARÍA JOSÉ ESCOBAR BERNARDOS, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 22 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1132/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MARIA CRISTINA FERNANDEZ DE HEREDIA frente a B.S. ASOCIADOS FORMACION Y RECURSOS HUMANOS, S.L sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

“1º. Que ESTIMANDO las acciones que en materia de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO y DESPIDO ha sido interpuesta por DÑA. CRISTINA FERNÁNDEZ DE HEREDIA contra BS ASOCIADOS FORMACIÓN Y RECURSOS S.L., debo declarar y declaro EXTINGUIDA la relación laboral existente entre las partes, con fecha de efectos de 20-3-2018, condenando al demandado a que abone a la actora en concepto de indemnización la cantidad total de CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DIECISIETE EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (42.717,60 euros), condenando igualmente a la demandada a abonar a la actora, en concepto de salarios de tramitación, la cantidad total bruta de SIETE MIL EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (7.000,94 euros).

2º. Que ESTIMANDO la demanda que en materia de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD ha sido interpuesta por DÑA. CRISTINA FERNÁNDEZ DE HEREDIA contra BS ASOCIADOS FORMACIÓN Y RECURSOS S.L., debo condenar y condeno a ésta a que abone a la actora la cantidad total bruta de VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS (24.764,58 euros) junto con el interés por mora del artículo 29.3 del ET.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2387-0000-65-1132-17 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el NIF /CIF de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al procedimiento 2387-0000-65-1132-17.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar, el justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los criterios establecidos en la citada norma en sus art. 7.1 y 2, y en su caso, cuando tenga la condición de trabajadores, o con la limitación establecida en el art. 1. 3 del mismo texto legal.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando, y firmo.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN en legal forma a BS ASOCIADOS FORMACIÓN Y RECURSOS, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de mayo de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.949/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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