Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
20-09-2018

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180920-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 4

57
Alcobendas número 4. Procedimiento 3 de 2016, notificación a Henrique J. Rodrigues Ramalho

EDICTO

Doña Silvia Sánchez Sánchez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Alcobendas.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 3 de 2016, instados por la procuradora doña Yolanda López Muñoz, en nombre y representación de “Jomagón 2011, Sociedad Limitada”, contra don Henrique J. Rodrigues Ramalho, en los que se ha dictado el 28 de septiembre de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda presentada por la procuradora señora López, en nombre y representación de “Jomagón 2011, Sociedad Limitada”, asistida por el letrado señor Hidalgo, contra don Henrique J. Rodrigues Ramalho, en rebeldía.

3. Se condene al demandado a pagar la cantidad reclamada de 24.255 euros.

4. Se condena al demandado al pago de los intereses de la cantidad reclamada en el proceso monitorio desde la fecha de presentación de la petición. Las restantes desde la fecha de presentación de la demanda y las siguientes desde su devengo.

Se condena a la parte demandada al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a la notificación ante este Juzgado para su resolución por la Audiencia Provincial.

La parte que pretenda recurrir en apelación deberá acreditar, al momento de la presentación del recurso de apelación, la constitución de depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la cuenta de este Juzgado, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite del citado recurso, tal y como determina la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, reformada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de esta localidad, Pedro José Puerta Lanzón.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Henrique J. Rodrigues Ramalho y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcobendas, a 28 de septiembre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/28.906/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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