Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
16-10-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181016-83

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

83
Madrid número 1. Ejecución 140 de 2018, notificación a Nilwin Antonio Rodríguez Camilo

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 140 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Diego Montero Medina, don Freddy Marino Ortiz Balseca, don Daniel González Pazos y don Leoncio Javier Peña Castillo, frente a don Nilwin Antonio Rodríguez Camilo, sobre ejecución de los títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 12 de septiembre de 2048.

La extiendo yo, el/la letrado/a de la Administración de Justicia, para hacer constar que han tenido entrada en este Juzgado escrito y copias, presentados por don Freddy Marino Ortiz Balseca, don Daniel González Pazos, don Diego Montero Medina y don Leoncio Javier Peña Castillo, solicitando la ejecución de sentencia, por la que se condena a don Nilwin Antonio Rodríguez Camilo al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta. Doy fe.

Auto

En Madrid, a 12 de septiembre de 2018.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Freddy Marino Ortiz Balseca, don Daniel González Pazos, don Diego Montero Medina y don Leoncio Javier Peña Castillo, frente al demandado don Nilwin Antonio Rodríguez Camilo, parte ejecutada, por un principal de 15.790,00 euros, más 1.579,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente, que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander” número 2499-0000-64-0140-18.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistrada-juez, Isabel Sánchez Peña.

Decreto

En Madrid, a 12 de septiembre de 2018.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifìquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander” IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, número 2499-0000-64-0140-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, Carmen Rodríguez Vozmediano.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Nilwin Antonio Rodríguez Camilo, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 12 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.164/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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