Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
16-11-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181116-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

210
Madrid número 40. Procedimiento 383 de 2017, notificación a Soluciones de Tabiques Modulares, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 383 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Florentino Reyes Mariños, frente a “Obras Especiales Navarra, Sociedad Anónima”, “Soluciones de Tabiques Modulares, Sociedad Anónima”, “Vía Celere Gestión de Proyectos, Sociedad Limitada” y don Jesús Arnes Sánchez, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:

Estimo parcialmente la demanda interpuesta por don Florentino Reyes Mariños contra la empresa “Soluciones de Tabiques Modulares, Sociedad Anónima”, y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la cantidad de 3.150,79 euros, más interés por mora del 10 por 100 devengado desde el 17 de marzo de 2017.

Se condena al administrador concursal, don Jesús Arnes Sánchez, a estar y pasar por esta resolución.

Todo ello con la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial, dentro de los límites legales.

Se tiene por desistido, don Florentino Reyes Mariños, de su demanda frente a las empresas “Obras Especiales Navarra, Sociedad Anónima”, actualmente denominada “Obras Especiales Edificación e Infraestructuras, Sociedad Anónima”, y de la empresa “Vía Celere Gestión de Proyectos, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Soluciones de Tabiques Modulares, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 18 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.392/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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