Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
29-11-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181129-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

77
Madrid número 8. Procedimiento 443 de 2018, notificación a Sanforuve, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DEL CARMEN MARTIN GARCIA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 443/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PAOLA ANDREA SOTO ZULUAGA frente a BARBAÑE SL y SANFORUVE S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente sentencia y auto de aclaracion:

SENTENCIA DE FECHA 24-7-18: FALLO

En relación al despido

Se estima la demandada planteada por Dª PAOLA ANDREA SOTO ZULUAGA con NIE ………………., declarando la NULIDAD por vulneración de derechos fundamentales (Indemnidad) y objetiva del despido de 15 de marzo de 2018 condenándose a la codemandada BARBAÑE, SL, a su inmediata readmisión con jornada acorde al permiso de trabajo (50%) y retribución proporcional de 550 euros/mes netos por doce pagos al año, con abono de los salarios dejados de percibir desde el despido en importe diario de 36,66 euros/netos diarios hasta que se produzca la readmisión.

Sobre la cantidad

Se estima, por allanamiento, condenando a BARBAÑE, SL, a satisfacer a la actora el importe de 1.026,58 euros netos (550 euros netos y la parte proporcional de vacaciones del año 2018 no disfrutadas o 476,58 euros netos).

Se absuelve a SanForuve, SL.

AUTO DE ACLARACION FECHA 11-9-18:

PARTE DISPOSITIVA

NO HA LUGAR A LA SUBSANACION solicitada por BARBAÑE SL, de Sentencia, de fecha 24/07/2018, estando especificado en el FUNDAMENTO QUINTO la causa de la diferente cuantificación.

Se ratifica íntegramente el contenido de la referida resolución.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SANFORUVE S.L. , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dos de noviembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/36.578/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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