Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190212-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 1

199
Oviedo número 1. Ejecución 87 de 2018, notificación a Paraninfo Europea de Outsourcing, S. L.

EDICTO

Doña Elisa García Úbeda, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 87 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Isabel Cabello Salvador, contra la empresa “Paraninfo Europea de Outsourcing, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Parte dispositiva:

a) Declarar a la ejecutada “Paraninfo Europea de Outsourcing, Sociedad Limitada”, con CIF B-87638789, en situación de insolvencia total por importe de 9.740,50 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuacione,s previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Expídase testimonio para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, haciendo saber a la parte ejecutante que está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.

d) Inscríbase en el Registro correspondiente según la naturaleza de la entidad.

Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley de la Jurisdicción Social. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta número 3358-0000-64-0087-18 en el “Banco Santander” debiendo indicar en el campo “Concepto”, “recurso”, seguida del código “31 social-revisión de resoluciones letrado de la Administración de Justicia”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “recurso”, seguida del “31 social revisión de resoluciones letrado de la Administración de Justicia”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.—La letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Paraninfo Europea de Outsourcing, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Oviedo, a 18 de enero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.998/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190212-199