Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2019

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190214-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

65
Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

El señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado resolución el día 28 enero 2019, del siguiente literal:

“D. Luis Alberto Sosa Gayé, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.

A la vista de la gestión diaria de la administración municipal considero oportuno y conveniente conferir delegaciones en los señores concejales.

Por ello, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/85 de 2 de abril de Bases del Régimen Local, y 43, 44, y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por la presente he resuelto:

Primero.—Designar a doña María Teresa Sebastiá Rodero, concejal-delegada en el área de Personal, y delegar con carácter genérico en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el área de Personal.

— La realización de propuestas y actuaciones en el área de Personal.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el área de Personal.

— La formalización y firma de los documentos de tomas de posesión del personal funcionario y los contratos de trabajo del personal laboral, y los documentos que hayan de tramitarse en la administración tributaria y de seguridad social relacionados con el personal del Ayuntamiento.

— La incoación, tramitación y resolución de los expedientes relativos a la solicitud o petición de los trabajadores municipales en materia de permisos, licencias, vacaciones y asuntos propios, autorización de cursos de formación y perfeccionamiento profesional, permutas, traslados y movilidad, situaciones administrativas, reconocimiento de servicios prestados (excepto primer trienio), abono de gratificaciones, dietas e indemnizaciones, horario y jornada laboral.

— La incoación, tramitación y resolución de expedientes disciplinarios.

— Designación de miembros de Tribunales de selección de personal municipal.

— Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.

— Aprobar las Bases de pruebas de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo.

— Redistribuir las retribuciones complementarias del personal municipal que no sean fijas ni periódicas.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al área de Personal.

Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a la interesada, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.

Tercero.—Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que éste celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.

Cúmplase.”

En Villanueva del Pardillo, a 30 enero 2019.—El alcalde-presidente, Luis Alberto Sosa Gayé.

(03/4.216/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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