Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2019

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190226-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLACONEJOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Villaconejos. Régimen económico. Calendario fiscal

Por Decreto de Alcaldía de fecha 24 de enero de 2019, ha sido aprobado el calendario fiscal para el ejercicio 2019, según detalle que se presenta a continuación:

La distribución de los impuestos y las tasas en los cuatro períodos de cobranza es la siguiente:

El resto de impuestos y tasas serán notificados individualmente.

En cumplimiento de la legislación vigente, se expondrán al público dichos padrones durante el plazo de quince días antes de iniciarse el respectivo período de cobro expresado en el calendario fiscal y por cuarenta y cinco días.

Contra la exposición pública los interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón, ante el alcalde-presidente como paso previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haberse satisfecho la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acurdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.

Los contribuyentes podrán hacer efectivo el pago en cualquier oficina de “Bankia”, “CaixaBank”, “Caja Rural de Toledo”, radicadas en el municipio; los duplicados de los recibos podrán solicitarse en la Oficina Municipal de Recaudación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Villaconejos, a 24 de enero de 2019.—El alcalde-presidente, Adolfo Pacheco Sánchez.

(02/3.307/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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