Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190305-123

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

123
Madrid número 11. Ejecución 23 de 2019, notificación a Marketing Solidario, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUÍO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 23/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. IRENE FABREGAS BARROSO, D./Dña. ELENA VALLEJO LUENGO, D./Dña. SILVIA KARINA ANDRADE VIDAL y D./Dña. YOLANDA GARRO BLANCO frente a MARKETING SOLIDARIO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:

AUTO

En Madrid, a once de febrero de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. ELENA VALLEJO LUENGO, D./Dña. YOLANDA GARRO BLANCO, D./Dña. SILVIA KARINA ANDRADE VIDAL y D./Dña. IRENE FABREGAS BARROSO, frente a la demandada MARKETING SOLIDARIO SL, parte ejecutada, por un principal de 76.808,37 EUROS, más 7.680,83 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación, conforme a:

1) Dª Elena Vallejo Luengo.- Indemnización: 5.404,96 euros; Salarios de tramitación: 2.456,80 euros; Salarios: 6.030,54 euros; Total principal: 13.892,30.- euros más 1.389,23 euros en concepto de intereses y costas provisionales.

2) Dª Silvia Karina Andrade.- Indemnización: 3.585,12 euros; Salarios de tramitación: 23.018,10 euros; Salarios: 3.820,65 euros; Total principal: 30.423,87 euros más 3.042,38 euros en concepto de intereses y costas provisionales.

3) Dª Irene Fábregas Barroso.- Indemnización: 3.585,12 euros; Salarios de tramitación: 2.403,66 euros; Salarios: 3.820,65 euros. Total principal: 9.809,43 euros más 980,94.- euros en concepto de intereses y costas provisionales.

4) Dª Yolanda Olga Garro Blanco.- Indemnización: 3.585,12 euros; Salarios de tramitación: 15.277 euros; Salarios 3.820,65 euros; Total principal: 22.682,77 euros más 2.267,27 euros en concepto de intereses y costas provisionales.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2509-0000-00-1079-16.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

DECRETO

En Madrid, a once de febrero de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSTIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, no obstante los anterior, acuerdo:

Proceder a la INVESTIGACIÓN JUDICIAL del patrimonio del ejecutado. A tal efecto, se consultarán las bases de datos a las que tenga acceso este órgano judicial y se librarán los despachos pertinentes a los organismos y registros públicos a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de los que tengan constancia, tras la realización por éstos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Se recabará la información precisa, dentro de los límites del derecho a la intimidad personal, para lograr la efectividad de la obligación pecuniaria que ejecute, de entidades financieras o depositarias o de otras personas privadas que por el objeto de su normal actividad o por sus relaciones jurídicas con el ejecutado deban tener constancia de los bienes o derechos de éste o pudieran resultar deudoras del mismo.

Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a las partes ejecutadas. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

Se acuerda el embargo de los saldos de MARKETING SOLIDARIO S.L. a favor del ejecutado, en las entidades objeto de averiguación telemática a través del Punto Neutro Judicial en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

-Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

-La Cuenta de Consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente: 2509-0000-00-1079-16 debiendo indicar en el campo concepto de pago.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2509-0000-00-1079-16.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MARKETING SOLIDARIO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de febrero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.797/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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