Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190510-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

70
Madrid número 71. Procedimiento 405 de 2018, notificación a Uvepán Panaderos, S. L.

EDICTO

En el juicio verbal (250.2) 405 de 2018 se ha dictado, en fecha 29 de diciembre de 2018, sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la procuradora, doña María de las Mercedes Revilla Sánchez, en nombre y representación de Green Clover Capital, S. L., contra Uvepán Panaderos, S. L., en situación procesal de rebeldía, declaro haber lugar a la misma, y, en su virtud, condeno a la parte demandada a abonar a la demandante la cantidad total de 25.305,00 euros por las rentas impagadas por el alquiler de los locales 2 y 3 del número 30, de la calle Mayor, de Madrid, con más los intereses que correspondan desde la reclamación judicial, que serán, desde la fecha de la presente resolución, el legal incrementado en dos puntos, hasta el completo pago de lo que se adeuda.

Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la expresada parte demandada, si se hubieran devengado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Uvepán Panaderos, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden contra, en su caso, la resolución originaria, que ya quedaron indicados al ser notificados (artículo 267.7 de la LOPJ).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 10 de abril de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.006/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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