Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190516-96

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

96
Madrid número 14. Ejecución 70 de 2019, notificación a Vega de Aranjuez, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 70/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CRISTINA LUCENA MIGUEL frente a VEGA DE ARANJUEZ SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado las siguientes resoluciones:

AUTO

En Madrid, a veintiséis de abril de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante D./Dña. CRISTINA LUCENA MIGUEL frente a VEGA DE ARANJUEZ SL.

Señálese fecha para la celebración de incidente por la Letrada de la Administración de Justicia.

Por el Juzgado en la fecha del incidente, se aportará vida laboral de la trabajadora, obtenida a través del Punto Neutro Judicial, para el cálculo de los salarios de tramitación.

Requiérase al ejecutante para que a fecha del incidente, aporte nóminas cobradas por la otra empresa, para cálculo de los salarios de tramitación, con apercibimiento de que, caso de no aportarlas, se entenderá en su caso, y de aparecer de alta en otra empresa, que el salario es superior al recibido por la empresa ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2512-0000-64-0070-19.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilma. Sra. Magistrada - Juez

CARMEN DURÁN DE PORRAS.

EL MAGISTRADA-JUEZ

Y ESTA:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL

En Madrid, a veintiséis de abril de dos mil diecinueve.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 15/11/2018, a la empresa VEGA DE ARANJUEZ SL en favor del/de los demandante/s D./Dña. CRISTINA LUCENA MIGUEL y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, el día 21/05/2019, a las 09:15 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VEGA DE ARANJUEZ SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.512/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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