Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
21-05-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190521-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 5

66
Navalcarnero número 5. Procedimiento 633 de 2017, notificación a Gráficas Rogar, S. A.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 633 de 2017, entre Canal de Isabel II y Gráficas Rogar, S. A., en reclamación de 9.813,87 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 14 de 2019

En Navalcarnero, a 31 de enero de 2019.—Vistos por doña María del Carmen Díaz Sierra, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Navalcarnero, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado bajo el número 633 del año 2017, a instancias de Canal de Isabel II Gestión, S. A., representada por el procurador don Ignacio Argos Linares y asistida por la letrada doña Irene Culebras Llana, contra Gráficas Rogar, S. A., declarada en rebeldía.

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por el procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de Canal de Isabel II Gestión, S. A., contra Gráficas Rogar, S. A., condenando a la citada demandada al pago de 9.813,87 euros, más los intereses legales de la citada cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, devengando el global que resulte el interés legal elevado en dos puntos hasta la completa satisfacción del actor y al abono de las costas procesales causadas en este procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al que se notifique esta resolución.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública ordinaria en el día de su fecha, doy fe.

Y para que sirva de notificación a Gráficas Rogar, S. A., expido y firmo la presente en Navalcarnero, a 26 de marzo de 2019.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/14.867/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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