Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
03-06-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190603-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Adenda proyecto de expropiación

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 11 de abril de 2019, y en el expediente con número de referencia 711/2012/17.514, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar la adenda al Proyecto de Expropiación tramitado por el sistema de tasación conjunta, y la relación de bienes y derechos de las personas titulares no adheridas a la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 11.08 “Casco Carabanchel Alto”, Unidad de Actuación 4 “Aguacate-Duquesa de Tamames”, con el único objeto de la inclusión de la finca registral 819 del Registro de la Propiedad número 15 de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 108.3.b) y 123 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 168 y 202 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, disponiendo la notificación individualizada del acuerdo a las personas expropiadas y la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión de la provincia.

Segundo.—La aprobación del presente Proyecto de Expropiación implica la necesidad o urgente ocupación de bienes y derechos afectados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 203 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Lo que se publica para general conocimiento, significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 26 de abril de 2019.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(02/15.634/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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