Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
03-06-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190603-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25

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Madrid número 25. Procedimiento 914 de 2018, notificación a Benito Michael Meza Guevara

EDICTO

Juicio: Familia. Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 914 de 2018.

Parte demandante: doña Pamela Alexandra Pozo Lozano.

Parte demandada: don Benito Michael Meza Guevara.

Sobre: derecho de familia.

En virtud de lo acordado en los autos número 914 de 2018, por no ser conocido el domicilio de don Benito Michael Meza Guevara, por resolución de 6 de mayo de 2019, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de diligencia de ordenación de fecha 6 de mayo de 2019.

Fallo

Estimando la demanda presentada por el señor procurador de los Tribunales don Francisco Javier Milán Rentero, en nombre y representación de doña Pamela Alexandra Pozo Lozano, contra don Benito Michael Meza Guevara, declarado en rebeldía, habiendo sido parte el ministerio fiscal, establezco las siguientes medidas:

1.o El ejercicio de la responsabilidad parental (patria potestad) del hijo menor se ejercerá exclusivamente por la madre, doña Pamela Alexandra Pozo Lozano, quedando el menor bajo la custodia de la madre, con la que convivirá.

2.o No se establece por el momento ningún régimen de visitas y estancias a favor del padre.

3.o No se establece por el momento ninguna pensión alimenticia a cargo de don Benito Michael Meza Guevara, sin perjuicio de que si la parte actora descubre el paradero del señor Meza, así como sus circunstancias económicas, podrá pedir el establecimiento de una pensión alimenticia por medio del correspondiente procedimiento de modificación de medidas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid que, en su caso, deberá ser interpuesto ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la señora magistrada que la dictó, constituida en audiencia pública.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Benito Michael Meza Guevara expido y firmo la presente.

En Madrid, a 6 de mayo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/17.648/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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