Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
03-06-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190603-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 33

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Madrid número 33. Procedimiento 521 de 2006, notificación a Miguel Ernesto Sarro Santos y otros

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 521 de 2006, entre don Miguel Ernesto Sarro Santos, doña Antonia Rodríguez Gómez, don Antonio Rodríguez Gómez, don Teófilo Rodríguez Gómez, don Manuel Rodríguez Gómez y doña Alberta Gómez Monteroi, en el que se ha dictado la sentencia número 83 de 2009, de 21 de abril de 2009.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Miguel Ernesto Sarro Santos, doña Antonia Rodríguez Gómez, don Antonio Rodríguez Gómez, don Teófilo Rodríguez Gómez, don Manuel Rodríguez Gómez y doña Alberta Gómez Monteroi, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 164 y 497 de la LEC, así como 236 bis de la LOPJ, se ha acordado notificarle la sentencia mencionada por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, quedando a su disposición, en la Oficina Judicial de este Juzgado, el texto íntegro de la mencionada resolución, que será recurrible en apelación dentro de los veinte días siguientes a la publicación de la presente, siendo exigible el depósito de la cantidad de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso.

Y para que sirva de notificación a don Miguel Ernesto Sarro Santos, doña Antonia Rodríguez Gómez, don Antonio Rodríguez Gómez, don Teófilo Rodríguez Gómez, don Manuel Rodríguez Gómez y doña Alberta Gómez Monteroi, expido y firmo la presente en Madrid, a 6 de mayo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/17.841/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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