Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
08-08-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190808-200

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

200
Madrid número 34. Procedimiento 55/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 55/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GREGORIO GARCIA RODRIGUEZ frente a MANTENIMIENTO INTEGRAL JOSRODPAR SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por DON GREGORIO GARCIA RODRIGUEZ contra MANTENIMIENTO INTEGRAL JOSRODPAL SOCIEDAD LIMITADA y, en su virtud, CONDENAR a dicha Mercantil a que abone a la parte demandante el importe de MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS CON TREINTA Y TRES CENTIMOS DE EURO por los conceptos de la demanda. Más los intereses moratorios en la forma y cuantía que se establece en el Fundamento de Derecho tercero de esta resolución.

Se notifica esta Sentencia a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe interponer Recurso alguno.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MANTENIMIENTO INTEGRAL JOSRODPAR SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de julio de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/26.800/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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