Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
28-11-2019

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191128-47

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA

URBANISMO

47
Sevilla la Nueva. Urbanismo. Expediente reparcelación

Rectificación de error en descripción de la finca número 12 del antiguo SAU 2.

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Aprobar definitivamente la operación jurídica complementaria al Proyecto de Compensación del SAU número 2 aprobado con fecha 26 de noviembre de 1997 de las normas subsidiarias de Sevilla la Nueva aprobadas el 16 de junio de 1994, rectificando el error observado en la finca aportada número 12, al objeto de mantener la inmatriculación del resto de finca no incorporado al proyecto, sustituyendo el texto de la referida finca aportada número 12 por el siguiente:

“Finca número 12.

Titular: doña Sixta Millán Agudo, con carácter privativo.

Descripción.—Finca rústica: finca al término municipal de Sevilla la Nueva, al sitio ‘Maeso de las Olivas’ o ‘Fuente de Montes’, con una superficie según título de veintitrés hectáreas, ochenta áreas y setenta y tres centiáreas (si bien en el registro de la propiedad figura con una superficie de veintidós hectáreas, un área, y treinta y tres centiáreas, es decir, con una hectárea, setenta y nueve y cuarenta centiáreas de menos, por un error aritmético producido por las segregaciones que figuran como notas marginales a las inscripciones 2.o y 3.a de esta finca). Linda según registro: oriente: Feliciana Gómez, Benito Yanguas, Narcisa Gómez, Pablo Errejón, Agustín Povedano, José Gómez Arribas y arroyo de Maeso; poniente, Feliciana Elvira, arroyo de la Fuente Montes, Alberto Benito y José González Mesa, Matilde Moreno, camino del Pozo y Narcisa Gómez, hoy Residencial de Fin de Semana El Hórreo; y al sur, Feliciana Gómez. A esta finca por el mediodía la divide el arroyo de la Fuente Montes de otras de esta herencia habiendo enclavada dentro de la misma otra de Juliana Elvira.

Como consecuencia de dichas segregaciones la finca quedó dividida en diversas porciones sin continuidad física entre ellas, existiendo una porción al poniente que presenta la siguiente descripción: oriente: con parcela 110 del polígono 5. Poniente, con parcela 4 del polígono 5. Norte, con parcela 4 del polígono 5; y al sur con parcela 5 del polígono 5 y Residencial de Fin de Semana El Hórreo. Esta porción se corresponde con la parcela 89 del polígono 5.

Parte de la finca, que se corresponde con la porción descrita al poniente, se haya incluida dentro del perímetro del Sector SAU 2, en el que se integra y aporta para formar parte del Proyecto de Compensación, segregándose de la finca original con una superficie de 4.814 metros cuadrados, que se corresponde con la parcela 89 del polígono 5.

Queda como resto, que no se incorpora al Proyecto de Compensación del SAU 2, una finca con la misma descripción que figura en registro y una superficie de veintitrés hectáreas, treinta y dos áreas y cincuenta y nueve centiáreas (veintiuna hectáreas, cincuenta y tres áreas y diecinueve centiáreas conforme a cómputo de superficie registral).

Título: le corresponde por escritura de aprobación y protocolización de operaciones de partición de bienes de sociedad conyugal y de herencia por fallecimiento de su esposo don Salvador Olías Agudo, mediante escritura otorgada el 3 de mayo de 1991, ante el notario de Navalcarnero don Rafael Fontán Fernández-Villacañas, con el número 501 de su protocolo.

Inscripción: inscrita en el Registro de la Propiedad de Navalcarnero, al tomo 356, del libro 23 de Sevilla la Nueva, finca número 1411, inscripción 3.a.

Cargas: sin cargas”.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos procedentes, advirtiendo de que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (según modificación aprobada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la anterior resolución podrá interponer los siguientes recursos:

a) Potestativo de reposición, ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se efectúa esta notificación.

b) Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados igualmente a partir del día siguiente a aquel en que se efectúa esta notificación. Si se interpone el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo por transcurso de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas anteriormente señalada. No obstante, se podrán interponer los recursos que se estimen pertinentes».

Sevilla la Nueva, a 8 de octubre de 2019.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.

(03/38.536/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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