Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200116-34

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

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Madrid número 22. Procedimiento 672/2018

EDICTO

D./Dña. EVA MARÍA LUNA MAIRAL, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. 22.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso num. 672/2018 instados por Procurador D./Dña. LUIS CORTES CASCON en nombre y representación de D./Dña. AUGUSTO ANTONIO PIEDRA YOPLAC contra D./Dña. FRANCISCA LA CRUZ CAPUÑAY CASTRO en reclamación de DIVORCIO, en los que se ha dictado en fecha 13/11/2019 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda de divorcio formulada por la representación procesal de D./Dña. AUGUSTO ANTONIO PIEDRA YOPLAC frente a DOÑA FRANCISCA LA CRUZ CAPUÑAY CASTRO, en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por DON AUGUSTO ANTONIO PIEDRA YOPLAC y DOÑA FRANCISCA LA CRUZ CAPUÑAY CASTRO celebrado el día 27 de Junio de 1979 en Chiclayo (Perú) con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

Firme que sea esta resolución se entregará testimonio al interesado a los efectos oportunos y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el Libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía de la demandada notifíquese la sentencia en la foram prevista en el artículo 500 de la LEC.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2450-0000-33-0672-18 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1ª Instancia nº 22 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-33-0672-18.

Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012 de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

El/la Juez/Magistrado/a Juez

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. FRANCISCA LA CRUZ CAPUÑAY CASTRO y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 13 de noviembre de 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/133/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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