Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 103

Fecha del Boletín 
30-04-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200430-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

38
San Martín de Valdeiglesias. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Se ha dictado decreto por la alcaldesa doña Mercedes Zarzalejo Carbajo en fecha 20 de abril de 2020, número 2020-1008, con el tenor literal siguiente:

«El día 7 de noviembre de 2019, esta Alcaldía dictó resolución, con número 2019-3773, en la que acordó la delegación específica, en doña Esther Blázquez González, miembro de la Junta de Gobierno Local, con el alcance que corresponde a la Alcaldía, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros el “reconocimiento, ordenación y realización del pago de las obligaciones derivadas de gastos autorizados y dispuestos, incluyendo los que lo hayan sido por el Pleno o la Junta de Gobierno Local. Esta atribución incluye, en todo caso, la aprobación de las facturas, de las nóminas de retribuciones y de los anticipos al personal, de las transferencias a las Mancomunidades y restantes Administraciones Públicas, de los premios y subvenciones, así como de las tasas del Estado, de la Comunidad de Madrid o de otras Entidades Locales”.

Asimismo, el 7 de noviembre de 2019, esta Alcaldía dictó resolución, con número 2019-3774, en la que acordó la delegación en la Junta de Gobierno Local, con el alcance que corresponde a la Alcaldía, incluida la facultad de: “concesión de licencias urbanísticas de obra, excepto las que no requieran proyecto técnico, las de demolición, de parcelación y de primera ocupación, así como las de implantación de actividades”.

El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula la delegación de competencias, establece, en su apartado 6, que “6. La delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido”, y el aparatado 3 del mismo dice que: «3. Las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el ‘Boletín Oficial del Estado’, en el de la comunidad autónoma o en el de la provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencia de este».

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, resuelvo:

1. Revocar la atribución delegada en doña Esther Blázquez Sánchez de reconocimiento, ordenación y realización del pago de las obligaciones derivadas de gastos autorizados y dispuestos, incluyendo los que lo hayan sido por el Pleno o la Junta de Gobierno Local en lo que afecta a las nóminas de retribuciones y de los anticipos al personal.

2. Revocar la facultad delegada en la Junta de Gobierno Local de concesión de licencias urbanísticas de obra, excepto las que no requieran proyecto técnico, las de demolición, de parcelación y de primera ocupación, así como las de implantación de actividades.

3. Delegar en doña María Estrella San Antonio Yuste, primera teniente de alcalde y concejala delegada de Urbanismo, con el alcance que corresponde a la Alcaldía, la facultad de concesión de licencias urbanísticas de obra, las de demolición, de parcelación y de primera ocupación, así como las de implantación de actividades.

4. Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la presente resolución, sin perjuicio de que surta efectos desde el momento de su firma.

5. Comunicar esta resolución a la Intervención y la Tesorería municipales».

San Martín de Valdeiglesias, a 20 de abril de 2020.—La alcaldesa, Mercedes Zarzalejo Carbajo.

(03/9.667/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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