Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
01-06-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200601-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 3

99
Majadahonda número 3. Procedimiento 393/2018

EDICTO

Don Óscar Castaño Castaño, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 393/2018, instados por el procurador don Javier Hernández Berrocal, en nombre y representación de Santander Consumer EFC, S. A., contra Vapensiero, S. L., en los que se ha dictado, en fecha 3 de febrero de 2020, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 6/2020

En Majadahonda, a 3 de febrero de 2020.—Vistos por mí, doña Silvia García-Cuerva García, magistrada del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Majadahonda, los presentes autos de juicio ordinario, registrados con el número 393/2018, y que han sido promovidos por Santander Consumer EFC, S. A., representada por el procurador don Javier Hernández Berrocal y asistida por abogado, contra Vapensiero, S. L., declarada en situación de rebeldía procesal, dicto, en nombre de Su Majestad el Rey, la siguiente sentencia.

Fallo

Que, con estimación de la demanda presentada por Santander Consumer EFC, S. A., debo declarar y declaro que Vapensiero, S. L., adeuda a la primera la cantidad de 18.237,05 euros, debiendo condenar a Vapensiero, S. L., a que abone a la primera la citada cantidad, más los intereses legales desde la interposición de la demanda y desde la sentencia los procesales del artículo 576 LEC.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2404-0000-03-0393-18 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando, en el campo “beneficiario”, Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Majadahonda, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2404-0000-03-0393-18. Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Vapensiero, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Majadahonda, a 3 de febrero de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/10.794/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200601-99