Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
13-07-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200713-153

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

153
Madrid número 32. Ejecución 187/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Fojón Chamorro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 187/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel García Benito frente a Inversiones Loma Real, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 17 de junio 2020.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Con fecha 27 de junio de 2018 se declaró por sentencia la improcedencia del despido de don José Manuel García Benito realizado por la empresa Inversiones Loma Real, S. L., con efectos desde 31 de enero de 2018, con la obligación de la demandada a la readmisión del trabajador y al abono de los salarios de tramitación, a cuyo fin se fijaba un salario de 11,76 euros/día.

Segundo.—En fecha 17 de septiembre de 2019 la parte demandante solicitó la ejecución de lo acordado alegando su no readmisión y pidiendo la extinción de la relación laboral con el abono de la indemnización legal correspondiente, y los salarios devengados desde el despido hasta la extinción de aquella conforme a la circunstancias de la relación laboral reflejadas en el título de ejecución.

Tercero.—Habiéndose acordado la celebración del incidente, tuvo lugar el 28 de noviembre de 2019 sin que compareciese la parte demandada. En el mismo se acordó como diligencia final que la parte demandante aportase documentación de las empresas en que había prestado sus servicios con posterioridad al despido.

Aportada la misma, quedaron los autos a disposición de las partes para que presentasen alegaciones. Una vez notificada a la parte ejecutada, han transcurrido los plazos correspondientes sin que haya efectuado alegaciones.

Fundamentos jurídicos:

Primero.—Como resulta de lo actuado y del silencio contradictorio de la condenada, que no comparece para defender su derecho, debe tenerse como cierto que la empresa no ha procedido a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido, lo que supone, conforme establece el artículo 281.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la declaración de extinción de la relación laboral que unía a las partes con efectos desde la presente resolución judicial y la condena de la empresa al abono de la indemnización prevista en el artículo 110.1 de la misma, así como al pago de los salarios devengados desde el despido hasta la fecha de la presente resolución.

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don José Manuel García Benito con la empresa Inversiones Loma, S. L., condenando a esta a que abone a aquel la cantidad de 970,20 euros, en concepto de indemnización.

No ha lugar al pago de los salarios de tramitación porque le corresponderían la cantidad de 10.207,68 euros y don José Manuel García Benito ha manifestado que ha percibido la cantidad de 19.630,36 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, con el concepto 2805-0000-64-0187-19, y para pagos en ventanilla 2805-0000-64-0187-19.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, la ilustrísima señora magistrada-juez, doña María Luisa Gil Meana.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Inversiones Loma Real, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 17 de junio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/14.179/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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