Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
11-08-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200811-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

81
Madrid número 22. Procedimiento 519/2019

EDICTO

Doña Gema Fernández de Vera Ruiz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 519/2019, instados por procurador don Javier Fraile Mena, en nombre y representación de don Alexandros Papakostas, contra don Richard del Jesús Leiva, en los que se ha dictado en fecha 11 de junio de 2020, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

“Que estimando la demanda de divorcio interpuesta por la representación de don Alexandros Papakostas, contra don Richard del Jesús Leiva, debo declarar y declaro disuelto por causa de divorcio el matrimonio formado por don Alexandros Papakostas y don Richard del Jesús Leiva, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, sin imposición de las costas.

La presente sentencia deberá ser publicada mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entregándose al demandante para que cuide de su cumplimiento. Llévese testimonio de la sentencia al Registro Civil de Madrid para su inscripción marginal en la Sección Segunda.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2450-0000-33-0519-19, de esta Oficina Judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario”, Juzgado de primera instancia, número 22, de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-33-0519-19.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Richard del Jesús Leiva y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 16 de julio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/18.133/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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