Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
11-08-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200811-177

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

177
Móstoles número 1. Procedimiento 1374/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1374/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CARLA RIVERA CALUSTRO frente a ITALICA DE PISCINAS SLU sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº168/2020

En la ciudad de Móstoles a 17 de Julio de 2020

FALLO

Estimar la demanda de despido interpuesta por Doña Carla Katita Rivera Calustro contra Itálica de Piscinas S.L.U., declarando improcedente el despido de la actora y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y condeno a Itálica de Piscinas S.L.U. a abonar a la actora la indemnización de 1.107, 53 euros más el abono de los salarios de trámite a razón de 28, 77 euros diarios desde el día 11 de Diciembre de 2019 hasta la fecha de la sentencia, descontando en su caso la cantidad que ha percibido por prestación por desempleo o el salario si es igual o superior al de salario de trámite, si es inferior, la diferencia, lo que se determinará en ejecución de sentencia.

Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Doña Carla Rivera Calustro contra Itálica de Piscinas S.L.U., condenando a Itálica de Piscinas S.L.U. a abonar a la actora la cantidad de 3.363, 62 euros más el 10 % de interés por mora.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander, BAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-1374-19 y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ITALICA DE PISCINAS SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veintiuno de julio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.997/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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