Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
14-10-2020

Sección 1.2.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201014-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD

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ORDEN 1179/2020, de 21 de septiembre, de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se procede a la separación y nombramiento de un Vocal del Observatorio de la Comunidad de Madrid contra el Racismo y la Intolerancia.

Mediante el Decreto 136/1998, de 16 de julio, se crea el Observatorio de la Comunidad de Madrid contra el Racismo y la Intolerancia.

En el artículo 3 del mencionado Decreto 136/1998, se regulan los fines del Observatorio, indicando que estará destinado a proporcionar a la Comunidad de Madrid informaciones objetivas y comparables sobre los fenómenos de racismo e intolerancia acaecidos en su ámbito territorial, que puedan resultar significativos, la adopción de medidas y la definición de acciones propias de su esfera competencial. Asimismo, fomentará y orientará, en el ámbito de sus atribuciones, la defensa y protección de los derechos de los ciudadanos madrileños en la lucha contra el racismo y la intolerancia.

La composición del Observatorio de la Comunidad de Madrid, se recoge en el artículo 6 del citado Decreto. En la redacción del mismo, se establece que el Observatorio estará presidido por el Consejero de Presidencia e integrado por el vicepresidente y ocho vocales, de los cuales cuatro serán representantes de la Administración Regional, y cuatro serán expertos de reconocida competencia en la defensa de los derechos humanos frente a las manifestaciones de racismo e intolerancia. La vicepresidencia le corresponde al titular de la viceconsejería de Presidencia.

Actuará como Secretario, con voz, pero sin voto, el Jefe de Servicio de Cooperación con el Estado.

Finaliza el citado artículo 6 indicando que, el nombramiento y separación de los cuatro Vocales que son expertos de reconocida competencia en la defensa de los derechos humanos frente a las manifestaciones de racismo e intolerancia, tendrá lugar mediante Orden del Consejero de Presidencia.

La disposición adicional segunda del Decreto 279/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, adscribe a esta Consejería el Observatorio de la Comunidad de Madrid contra el Racismo y la Intolerancia, debiendo entenderse hechas a la referida Consejería o a su titular, todas las referencias que en el Decreto 136/1998, de 16 de julio, se contienen a la Consejería o al Consejero de Presidencia.

En la actualidad, por razones personales, uno de los vocales expertos del Observatorio de la Comunidad de Madrid contra el Racismo y la Intolerancia, don Hassan El Arabi, nombrado por Orden 352/2000, de 2 de marzo, no puede desempeñar el citado puesto de vocal experto.

En virtud de lo anterior, en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 6 del Decreto 136/1998, de 16 de julio, por el que se crea el Observatorio de la Comunidad de Madrid contra el Racismo y la Intolerancia, en relación con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda del Decreto 279/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad,

DISPONGO

Primero

Separar como Vocal del Observatorio de la Comunidad de Madrid contra el Racismo y la Intolerancia a don Hassan El Arabi, nombrado por Orden 352/2000, de 2 de marzo, por su condición de experto de reconocida competencia en la defensa de los derechos humanos frente a las manifestaciones de racismo e intolerancia.

Segundo

Nombrar como Vocal del Observatorio de la Comunidad de Madrid contra el Racismo y la Intolerancia a don Daniel García Leiva, responsable técnico de proyectos de Solidaridad sin Fronteras, experto de reconocida competencia en la defensa de los derechos humanos frente a las manifestaciones de racismo e intolerancia, en sustitución del vocal del apartado anterior.

Tercero

La presente Orden producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Madrid, a 21 de septiembre de 2020.

El Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, ALBERTO REYERO ZUBIRI

(03/25.511/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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