Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
21-10-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201021-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

72
Madrid número 20. Procedimiento 738/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal número 738/2019 (desahucio precario 250.1.2) (primera instancia civil), entre Buildingcenter, S. A. U. y doña Pamela Muñoz Carbonell e ignorados ocupantes de la calle Castillo de Arévalo, número 6, planta baja, puerta 3, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Vistos por la ilustrísima señora doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid, los autos de juicio verbal número 738/2019, derivados de demanda presentada por Buildingcenter, S. A. U., representada por el procurador señor Gordillo Alcalá y asistida por el letrado señor Ramia de Cap Pérez Manglano, contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Castillo de Arévalo, número 6, planta baja, puerta 3, habiéndose identificado a doña Pamela Muñoz Carbonell, declarados en situación legal de rebeldía procesal, dicta la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador señor Gordillo Alcalá, en nombre y representación de la mercantil Buildingcenter, S. A. U., contra ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Castillo de Arévalo, número 6, planta baja, puerta 3 y, en concreto, contra doña Pamela Muñoz Carbonell se decreta el desahucio por precario de la demandada y, en consecuencia, se condena a los demandados a entregar el inmueble sito en la calle Castillo de Arévalo, número 6, planta baja, puerta 3, de Madrid, libre expedito a disposición del demandado en plazo legal, con el apercibimiento de que, de no hacerlo, se procederá a su lanzamiento, por la fuerza y a su costa.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.

Para ello será necesario consignar depósito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la disposición adicional decimoquinta).

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima señora juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, doy fe.

Y para que sirva de notificación a los ignorados ocupantes calle Castillo de Arévalo, número 6, planta baja, puerta 3, de Madrid expido y firmo la presente.

En Madrid, a 4 de septiembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/22.210/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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