Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
16-11-2020

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201116-48

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

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Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

De conformidad con lo establecido en el apartado 14.1 de las Bases Generales de Selección del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 142, de 15 de junio de 2018), así como en la base 13.a de las específicas que rigen el proceso selectivo convocado para la provisión, por turno de promoción interna independiente, mediante el sistema de concurso-oposición, de cinco plazas de Personal de Administración del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras número 4660/2020, de fecha 21 de octubre, por el que se resuelve el citado proceso selectivo, del siguiente tenor:

“1.o Aceptar la propuesta del tribunal calificador, efectuada tras sesión celebrada con fecha 20 de octubre de 2020, para la resolución del proceso selectivo convocado para la provisión, mediante turno de promoción interna independiente, mediante el sistema de concurso-oposición, de cinco plazas de Personal de Administración del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo C, Subgrupo C1, en favor de las personas que a continuación se relacionan, por orden de puntuación:

2.o Disponer, en cumplimiento de lo dispuesto en la base 14.a de las específicas que rigen la convocatoria, la apertura de un plazo de veinte días hábiles, a partir del siguiente al de publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para la presentación de la documentación exigida a efectos del oportuno nombramiento como funcionarias de carrera.

3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal (http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org).

4.o Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPCAP), y 8, 10 y 46 y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra dicha Resolución, podrán interponerse los siguientes recursos:

— Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, y en el plazo de seis meses a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo de un mes que tiene el Ayuntamiento para la resolución y notificación del referido recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid.

— Podrá, asimismo, interponer cualquier otro recurso que estime pertinente y que convenga a sus intereses, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP)”.

En Boadilla del Monte, a 21 de octubre de 2020.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.

(02/27.852/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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