Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
20-11-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201120-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Alcalá de Henares. Organización y funcionamiento. Nombramiento

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 6 de noviembre de 2020, a propuesta de la Alcaldía-Presidencia, acordó aprobar, por unanimidad de sus miembros, lo siguiente:

— El cese, con efectos del 6 de noviembre de 2020, de D.a Aránzazu Pascual Rodríguez como directora general de Vivienda y Proyectos de este Ayuntamiento, agradeciéndoles los servicios prestados en el mismo.

El referido cese no confiere a la interesada derecho indemnizatorio alguno. De igual modo, al no ostentar la misma la condición de personal funcionario o laboral de este Ayuntamiento, tras el cese no existe reserva alguna en este Ayuntamiento.

— El nombramiento, con efectos del 7 de noviembre de 2020, de D.a Aránzazu Pascual Rodríguez como coordinadora general de Desarrollo Urbano de este Ayuntamiento, y por ello con la condición de órgano directivo, de conformidad con los artículos 130.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 161 del Reglamento Orgánico Municipal, exceptuándose del requisito preferente de la condición de funcionario de carrera de cualquiera de las Administraciones Públicas que pertenezca a cuerpos o escalas clasificados en el Subgrupo A1, en atención a su reconocida competencia y experiencia pública o privada.

La interesada se mantendrá en el cargo hasta que por parte de la Junta de Gobierno Local sea acordado su cese libre. Al no ostentar la misma la condición de personal funcionario o laboral de este Ayuntamiento, tras el cese no existirá reserva alguna en este Ayuntamiento. En el supuesto de que ostentara la condición de personal funcionario o laboral de cualquier otra Administración Pública, procederá en su caso el reingreso al servicio activo en su Administración Pública de procedencia y el fin de la situación administrativa de servicios especiales o equivalente. En ningún supuesto la extinción o cese conferirán al interesado derecho indemnizatorio alguno.

La interesada desempeñará las atribuciones enumeradas en el artículo 167 del Reglamento Orgánico Municipal, circunscritas al Área de Desarrollo Urbano Sostenible y Servicios a la Ciudad, correspondiéndole las retribuciones recogidas en el artículo 57 de las bases de ejecución del presupuesto general de este Ayuntamiento para 2020.

Lo que se hace público a los efectos de los artículos 130 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 166 del Reglamento Orgánico Municipal.

Alcalá de Henares, a 10 de noviembre de 2020.—El secretario general del Pleno y de la Asesoría Jurídica, por ausencia del secretario-titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge.

(03/30.368/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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