Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
09-12-2020

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201209-39

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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ADENDA de 25 de noviembre de 2020, por la que se prorroga la vigencia del Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda), el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) y la Fundación de Caridad La Constructora Benéfica, para la cesión de uso de viviendas de titularidad del IVIMA destinadas al Programa Social de Vivienda Integradora y, en especial, para atender a familias afectadas por procesos de ejecución hipotecaria, de fecha 27 de noviembre de 2012.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2020.

REUNIDOS

De una parte, D. David Pérez García, Consejero de Vivienda y Administración Local de la Comunidad de Madrid, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 58/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 197, de 20 de agosto de 2019), actuando en su condición de Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid por Acuerdo de 24 de septiembre de 2019 del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 228, de 25 de septiembre de 2019), en nombre y representación del citado Organismo, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 5.1.a) y f) del Decreto 244/2015, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 311, de 31 de diciembre de 2015), por el que se establece la organización, estructura y régimen de funcionamiento de la Agencia de Vivienda Social, en relación con el artículo 3.1.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. Francisco Soler Navarro, en su condición de Patrono de la Fundación de Caridad La Constructora Benéfica con CIF G78077716 (también Fundación Constructora Benéfica o Fundación), en ejercicio de las atribuciones conferidas por escritura notarial de fecha 29 de julio de 2010, por la que por el notario de Madrid, D. Luis Núñez Boluda eleva a documento público y da cumplimiento a los acuerdos adoptados por la Junta del Patronato de 4 de mayo de 2010, con número de protocolo notarial 1273.

Ambas partes se reconocen representación y capacidad legal suficiente para la firma de la adenda y al efecto,

EXPONEN

Con fecha 27 de noviembre de 2012 se suscribe Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda), el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) y la Fundación de Caridad la Constructora Benéfica, para la cesión de uso de viviendas de titularidad del IVIMA (actualmente Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid) destinadas al programa social de vivienda integradora, y en especial para atender a familias afectadas por procesos de ejecución hipotecaria.

El objeto del convenio es articular la cesión de uso, libre de cargas, arrendatarios y ocupantes, a favor de la Fundación de Caridad La Constructora Benéfica de una serie de viviendas, titularidad del anterior Instituto de la Vivienda de Madrid (actual Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid), para su destino al Programa Social de Vivienda Integradora, y en especial para atender a familias afectadas por procesos de ejecución hipotecaria.

Según establece la estipulación novena: “El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su formalización y tendrá una duración de cinco años. Finalizado dicho plazo se prorrogar anualmente salvo denuncia expresa por cualquiera de las partes firmantes comunicada con al menos dos meses de antelación.

En todo caso, si, transcurrido el plazo inicial o el de cualquiera de sus prórrogas, alguna de las partes manifestara su voluntad de dar por extinguido el convenio mediante la oportuna denuncia, pero fuese preciso mantener la estancia de determinadas familias beneficiarías por razones de interés social, y siempre a propuesta fundamentada de la Fundación, el convenio se prorrogará anualmente, mediante adenda, únicamente sobre las viviendas ocupadas por las referidas familias.

Finalizado el plazo de cinco años o de cualquiera de sus prórrogas se procederá por la Fundación a entregar las viviendas al IVIMA, en el estado adecuado para servir a su finalidad y teniendo siempre en consideración el tiempo transcurrido de utilización. Se eximirá a la Fundación de los desperfectos existentes en la vivienda que fueren responsabilidad de las familias beneficiarias, derivadas del desgaste ordinario por su utilización y/o actos de vandalismo sobre la misma”.

Conforme a lo anterior, en fecha 8 de noviembre de 2017, fue suscrita la Adenda por la que se prorrogaba la vigencia del Convenio y se adaptaba al régimen jurídico contemplado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En su virtud, la prórroga fue acordada hasta el 27 de noviembre de 2019.

En la citada adenda se contemplaba que, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga.

En fecha 26 de noviembre de 2019, fue suscrita la prórroga del Convenio por un año más, hasta el 26 de noviembre de 2020, previéndose igualmente en la misma la posibilidad de nueva prórroga dentro de los límites establecidos en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En su virtud, estimando las partes conveniente proceder de manera expresa a prorrogar el Convenio,

ACUERDAN

Único

Prorrogar en un año la duración del Convenio de Colaboración suscrito en fecha 27 noviembre de 2012 entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda), el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) y la Fundación de Caridad la Constructora Benéfica, para la cesión de uso de viviendas de titularidad del IVIMA (actualmente Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid) destinadas al programa social de vivienda integradora, y en especial para atender a familias afectadas por procesos de ejecución hipotecaria, cuyos efectos se extenderán, por tanto, hasta el 27 de noviembre de 2021.

En prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda en el lugar y fecha al principio indicados.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2020.—El Consejero de Vivienda y Administración Local y Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, David Pérez García.—El Patrono de la Fundación de Caridad La Constructora Benéfica, Francisco Soler Navarro.

(03/33.094/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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