Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
14-12-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201214-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

36
Colmenar Viejo. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Se hace constar, para el general conocimiento, que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2020, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones o recreo situadas en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras, ambulantes y rodaje cinematográfico.

Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas con sujeción a las reglas que se indican a continuación:

A. Plazo de información pública y audiencia, así como de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio.

B. Oficina de presentación: Registros del Ayuntamiento presencialmente o en sede electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

C. Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.

Esta aprobación se elevará automáticamente a definitiva si durante el plazo de información pública no se presentasen reclamaciones.

Colmenar Viejo, a 11 de diciembre de 2020.—El alcalde-presidente, Jorge García Díaz.

(03/34.310/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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