Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
14-12-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201214-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

118
Madrid número 4. Ejecución 1/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA CLOPPET BROTO frente a WELEVER COMMUNITY SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO N.º 140/2020

En Madrid, a veintiséis de octubre de dos mil veinte.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En los autos n.º 206/2019, seguidos ante este Juzgado, en fecha 31/10/2019, se dictó sentencia por la que, estimando la demanda interpuesta por D.ª María Cloppet Broto frente a Weleber Community, S.L., se declaraba la improcedencia del despido de la demandante y se condenaba a la citada empresa, entre otros pronunciamientos, a que, a su elección, procediese a la readmisión de aquella, con el pago de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (9/1/2019) hasta notificación de la sentencia, a razón de 54,79 euros diarios, o a que le abonase una indemnización en la cuantía de 1.205,48 euros.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Declarar extinguida la relación laboral que unía D.ª María Cloppet Broto y Weleber Community, S.L., con efectos desde la fecha de esta resolución (26/10/2020).

2.- Que Weleber Community, S.L., abone a D.ª María Cloppet Broto la cantidad de 4.369,50 euros, en concepto de indemnización por despido improcedente, así como la suma de 13.861,87 euros, correspondiente a la totalidad de los salarios de tramitación.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 EUROS en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2502-0000-64-0001-20 y para pagos en ventanilla 2502-0000-64-0001-20.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a WELEVER COMMUNITY SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintinueve de octubre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.118/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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