Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
17-12-2020

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201217-22

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

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ORDEN 3151/2020, de 2 de diciembre, del Consejero de Educación y Juventud, de puesta en funcionamiento y autorización de enseñanzas en el Centro de Educación de Personas Adultas Madrid VII Estremera, en la localidad de Estremera.

El Decreto 108/2020, de 18 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se crean un Instituto de Educación Secundaria en el municipio de Alcorcón y un centro de educación de personas adultas dependiente de la Consejería de Educación y Juventud con sede en el establecimiento penitenciario Madrid VII Estremera, prevé en su artículo seis que el Centro de Educación de Personas Adultas entre en funcionamiento a lo largo del curso 2020-2021 mediante la correspondiente orden de la Consejería de Educación y Juventud de puesta en funcionamiento y autorización de enseñanzas.

Por su parte, el Decreto 61/2001, de 10 de mayo, por el que se establecen los requisitos mínimos que deben reunir los Centros de Educación de Personas Adultas establece que estos deberán ofrecer el recorrido completo de la Educación Básica de Personas Adultas, definiéndose como tal, desde la alfabetización hasta la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria y que podrán también impartir enseñanzas que contribuyan a mejorar la cualificación profesional o adquirir una preparación para el ejercicio de otras profesiones y desarrollar la capacidad de participación en la vida social, cultural, política y económica del alumnado.

La Orden 4274/2003, de 29 de julio, de la Consejería de Educación, por la que se regula la organización y funcionamiento de los Centros Públicos de Educación de Personas Adultas con sede en Establecimientos Penitenciarios de la Comunidad de Madrid, dispone que los Centros de Educación de Personas de Adultas con sede en Establecimientos Penitenciarios de la Comunidad de Madrid impartirán, con carácter general, las enseñanzas recogidas en el artículo 3, apartados 1 y 2 del Decreto 128/2001, de 2 de agosto, por el que se establece el marco de actuación para la Educación de Personas Adultas en la Comunidad de Madrid, y de manera prioritaria aquellos programas dirigidos a atender las necesidades específicas de la población reclusa.

De conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud.

DISPONGO

Primero

Objeto

La presente Orden tiene como objeto determinar la puesta en funcionamiento y autorización de enseñanzas en el Centro de Educación de Personas Adultas Madrid VII Estremera.

Segundo

Puesta en funcionamiento y autorización

El Centro de Educación de Personas Adultas Madrid VII Estremera entra en funcionamiento quedando autorizado a impartir las siguientes enseñanzas:

a) Enseñanzas iniciales de la educación básica para personas adultas.

b) Enseñanzas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por personas adultas en la modalidad presencial, a distancia y semipresencial.

c) Español para extranjeros.

Tercero

Habilitación

Se autoriza a las Direcciones Generales de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Juventud, para dictar las instrucciones necesarias y adoptar las medidas oportunas que requieran la implantación de las enseñanzas que se disponen por la presente Orden.

Cuarto

Producción de efectos

La presente Orden producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 2 de diciembre de 2020.

El Consejero de Educación y Juventud, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/33.655/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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