Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 312

Fecha del Boletín 
23-12-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201223-138

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

138
Madrid número 14. Ejecución 72/2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA ÁNGELES CHARRIEL ARDEBOL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 72/2013 (despido 663/2012) de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON STANIMIR ASPARUHOV SHOPOV frente a DON NIKOLA HRISTOV NIKOLOV sobre ejecución forzosa del laudo arbitral se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA, DOÑA MARÍA ÁNGELES CHARRIEL ARDEBOL.

En Madrid, a 22 de septiembre de 2020.

El anterior ingreso bancario de fecha 10/9/2020 por importe de 38,38 euros, únase a los autos de su razón; y, visto el estado de las actuaciones y que se encuentra en subrogación mediante resolución de fecha 12/03-15, póngase a disposición de la parte ejecutante DON STANIMIR ASPARUHOV SHOPOV y FOGASA, la citada cantidad, distribuida de la siguiente forma:

— A DON STANIMIR ASPARUHOV SHOPOV la cantidad de 3,80 euros.

— A FOGASA, la cantidad de 34,58 euros.

Para cual, se requiere a DON STANIMIR ASPARUHOV SHOPOV para que faciliten a este juzgado en el plazo de 5 días cuenta bancaria en la que realizar el presente ingreso y sucesivos que pudieran originarse, mediante transferencia bancaria, remitiendo escrito al fax: 914438370 dirigido a este juzgado haciendo mención del procedimiento autos n.º 663/2012 - ejecución n.º: 72/2013, caso de no dar cumplimiento al requerimiento, se precederá a transferir el citado importe a la cuenta de depósitos abandonados procediéndose al archivo de las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 LJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 LRJS. Doy fe.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DON STANIMIR ASPARUHOV SHOPOV, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/32.618/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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